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sábado, abril 19, 2008

Pisos de lujo bajan precio, Viviendas lujo mas baratas

A los pisos de lujo parecia que no les iba a afectar la crisis inmobiliaria en España cuando las casas en venta empezaron a bajar de precio, se argumentaba que solo bajarian el precio los pisos normales y especialmente los pisos situados en zonas y barrios donde vive gente con escasos recursos economicos, debido a que serian los mas afectados por la falta de liquidez de los potenciales compradores, la dificultad de acceder a las hipotecas, etc.

Este argumento que predecia que las viviendas de lujo no se verian afectadas por la crisis inmobiliaria y la crisis economica en general solo resulto ser relativamente cierto, sobre todo fue valido al inicio de la crisis.

Pero resulta ser falsa la afirmacion de que los pisos de lujo no bajan de precio, por que a dia de hoy si que ha bajado el precio de este tipo de viviendas de lujo.

Se decia que debido al gran poder adquisitivo de los compradores y vendedores de casas de lujo , la oferta y demanda de los inmuebles de lujo no sufriria las consecuencias de la crisis inmobiliaria. Sin embargo, este razonamiento no es valido por varias razones :

1.- Al comprar pisos de lujo los compradores no solo piensan en una casa donde vivir, sino que piensan que estan haciendo una inversion inmobiliaria. De modo, que retrasan la decision de comprar a la espera de que aparezcan oportunidades.

2.- Si bien es cierto que los que quieren vender viviendas pueden soportar una crisis inmobiliaria sin necesidad de tener que vender para hacer frente a sus gastos mensuales o pagos de hipotecas, no es menos cierto que tambien son conscientes de que tienen en sus manos un inmueble de lujo que no es una buena inversion en cuanto a rentabilidad a corto plazo se refiere, y que el dinero que podrian obtener vendiendo su piso de lujo a menor precio seria mas rentable si estuviera invertido en otro tipo de bienes, por ejemplo en oro, petroleo, en bolsa, etc.

3.- Por ultimo, tampoco tiene en cuenta el argumento que afirma que los pisos de lujo no bajan de precio el hecho de que existen en el mercado propietarios de viviendas de lujo que si tienen necesidad de vender, por que la crisis economica española afecta a sus fuentes de ingresos ajenas al mercado inmobiliario,viendo como solucion a su falta de liquidez la venta de su casa de lujo.

Otro caso de propietarios de pisos de lujo con necesidad urgente de vender su inmueble, es el de los herederos de estos Pisos de lujo , que en muchos casos,alguno o todos los coherederos necesitan vender la antigua vivienda familiar y poder comprar vivienda mas modesta con el dinero obtenido para cada uno de ellos.

miércoles, abril 16, 2008

Ayudas a discapacitados para vivienda

Consulta : Mi consulta es la siguiente:
Tengo una minusvalía acreditada del 35%. Me gustaría saber si tengo algún tipo de desgravación fiscal, a la hora de arreglar todo el papeleo necesario para la construcción de una vivienda de obra nueva y lo que ello conlleva: registro, impuestos,….

Muchas gracias.

Respuesta :Puede obtener informacion actualizada de ayudas a la vivienda para discapacitados en las oficinas de la vivienda de su comunidad autonoma.
En el caso de la comunidad de Madrid existen varios tipos de ayudas a discapacitados ,cada año se convocan ayudas individuales para personas con discapacidad, dependientes de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Por ejemplo hay una ayuda específica para la adaptación de sus casas , la cuantía de la subvencion depende del presupuesto que se otorgue cada año. Tambien hay ayudas a discapacitados en la comunidad de Madrid por ejemplo en el caso los turismos, el vehículo que esté matriculado a nombre del minusválido para su uso exclusivo, no pagará el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.

No obstante, debo decirle que no dispongo de informacion actualizada de las ayudas que actualmente a discapacitados se conceden para construccion y reformas de viviendas en cada comunidad autonoma, pero puede informarse a traves de esta web Federacion de asociaciones de personas con discapacidad fisica y organica .

martes, abril 15, 2008

Respuestas a consultas y Articulos de opinion

Antes de enviar una nueva consulta compruebe que no esta respondida una consulta sobre el mismo tema en el siguiente listado. Si ya existe una respuesta a una consulta similar puede hacer un comentario justo al final del articulo donde pone "Comentarios( escibe tu comentario )" .
Si no ve ningun articulo con una consulta parecida a la suya que ya este respondida, puede enviarnos su consulta , pero no olvide LEER LAS NORMAS PARA ENVIAR CONSULTAS antes de enviarla .

LISTA DE CONSULTAS Y RESPUESTAS :

  • Venta de pisos: Indennizacion o perdida de arras


  • Conservacion de los pisos de alquiler



  • Calculo de la plusvalia municipal en la venta de pisos


  • Pisos de proteccion oficial en alquiler en la LAU


  • Clausulas abusivas en contratos de alquiler


  • Alquileres de viviendas con aval bancario


  • Contratos de arrendamiento o alquiler- Duracion


  • Debemos pagar el alquiler si rescindimos el contrato


  • VPO de promocion publica


  • LEGALIDAD DE LAS RETENCIONES Y COMPENSACIONES DEL ARRENDADOR-ARRENDATARIO


  • Viviendas en gananciales y viviendas en regimen de separacion de bienes


  • Alquiler casas vacaciones


  • Venta de piso y venta de trastero por separado


  • Alquiler de habitacion o alquiler parcial de vivienda


  • Obras urgentes en viviendas por peligro


  • Incumplimiento en contrato arras y retraso para escriturar


  • Un piso y varios propietarios


  • Actualidad Inmobiliaria - burbuja Inmobiliaria - Equilibrio


  • Casas de Lujo : La casa mas cara del mundo


  • Apartamentos de Alquiler : Chollos o estafas


  • Alquilar pisos con agencias inmobiliarias


  • Impuesto de transmisiones patrimoniales en Madrid


  • Gastos en venta de viviendas


  • Abogados on line - Abogados España - Directorio abogados


  • VPO registrada como vivienda libre


  • Agencias Inmobiliarias - Webs y programas de gestion inmobiliaria


  • Embargo del 50 % de una vivienda por hacienda


  • La inversion inmobiliaria española en Uruguay crece un 439%


  • Tasaciones hipotecarias


  • Alquiler meses Madrid - Apartamentos turisticos


  • Alquiler pisos Madrid


  • Blogs vivienda - Blogs inmobiliaria - Foros vivienda - Webs Turismo


  • Alquiler apartamentos amueblados- Inventario


  • Opiniones plan ayuda al alquiler para jovenes


  • Viviendas y tipos de interes muy altos


  • Modificaciones en viviendas de obra nueva


  • Plazos de entrega en viviendas de obra nueva


  • Arras penitenciales y confirmatorias


  • venta y donacion de vivienda


  • Plazo para escriturar desde contrato de arras


  • Agentes de la propiedad inmobiliaria colegiados- Colegio de agentes de la propiedad inmobiliaria


  • Pactos ilegales en contrato de arras


  • Depcepcion con exclusiva a inmobiliaria


  • Alquiler con opcion a compra


  • Vender directamente el propietario a un cliente de inmobiliaria


  • Venta de pisos y cesion de hipoteca


  • Vender pisos alquilados


  • Incumplimiento de plazos en el contrato de arras


  • Venta de pisos con inquilinos de renta antigua


  • Tasacion de trastero


  • Usufructo y posterior alquiler de vivienda


  • Registro de la propiedad y comprobacion de datos de los pisos


  • Plazo del ayuntamiento para cedula de habitabilidad


  • Desahucio por falta de pago en piso de alquiler


  • Trasteros ilegales


  • Contrato de habitacion y contrato de vivienda


  • Desistimiento del inquilino de contrato de alquiler tras 5 años


  • Derecho a visitar los pisos de obra nueva


  • Diferencia de metros en piso de obra nueva


  • Plusvalia municipal y plusvalia en el IRPF


  • Prorroga de contrato alquiler tras 5 años


  • Impuesto de transmisiones patrimoniales o impuesto de donaciones


  • Devolucion de fianza en pisos de alquiler


  • Viviendas de obra nueva y cedula de habitabilidad


  • Cambio de titulares en contratos de alquiler


  • obras en vivienda de obra nueva exigidas por ayuntamiento


  • Alquiler de pisos a nombre de empresas


  • Venta de piso con obras de comunidad pendientes


  • Vivienda nueva y promesas incumplidas


  • Viviendas obra nueva y cedula habitabilidad


  • Prorrogas en contratos de alquiler e IPC


  • VPO de promocion privada


  • Varias inmobiliarias para vender- Exclusiva o nota de encargo


  • Gastos derivados de la compra-venta de viviendas


  • Cesion de mitad de piso en proindiviso


  • venta de pisos de proteccion oficial


  • Hipoteca aplazada y contrato de arras


  • Derecho de retorno en pisos de alquiler


  • Alquileres de temporada- Desistimiento del contrato antes de plazo


  • Obligados al pago del IBI- Impuesto de bienes inmuebles


  • Viviendas de varios copropietarios


  • Viviendas vpo de segunda mano- Tasacion


  • IVA o impuesto de transmisiones patrimoniales


  • Propietarios morosos que no pagan la comunidad


  • venta de piso condicionada a concesion de hipoteca


  • Desgravacion por vivienda habitual - Requisitos


  • Derechos de tanteo y retracto en pisos de alquiler


  • Inmigracion y alquiler de viviendas


  • Especulacion inmobiliaria e inversion


  • Mercado inmobiliario 2007- El reconocimiento


  • Arras o señal y justificacion de ingresos a los notarios


  • Plan parcial y junta de compensacion


  • Politica y vivienda


  • Inversion inmobiliaria- Mejor esperar a comprar


  • Corrupcion inmobiliaria y ladrillazos


  • Diferencias entre agencias inmobiliarias, promotoras y constructoras


  • Pactos particulares frente ley general ¿ cual prevalece ?


  • Pisos de proteccion oficial en alquiler en la LAU


  • Ayudas vivienda Discapacitados


  • Pisos de lujo bajan precio


  • Vivienda sin inscribir y declaracion de obra nueva


  • Los apartamentos de obra nueva bajan de precio por la crisis


  • Viviendas desocupadas ,gastos de comunidad y gastos luz


  • Robo o perdida de contrato de alquiler de vivienda


  • Inmobiliaria que pide dinero para hacer oferta de casa en venta


  • Recibos impagados en Piso de alquiler, Prescripcion


  • Centro superior investigaciones cientificas desarrolla prototipo de casas de gasto energetico cero


  • Pisos, Crisis inmobiliaria y financiera Bancos,Hipotecas, Titulizacion


  • Venta de piso de divorciados, pisos en venta de dos titulares


  • Construcciones ilegales en casas Vpo


  • Pisos venta, estafas inmobiliarias, Comprar viviendas vpo cataluña, Inmuebles y estafas


  • Apartamentos de alquiler y obras molestas en apartamento alquilado


  • Casas de Alquiler con opcion a compra e inscripcion registral en caso de embargo de viviendas


  • Consulta Vivienda: Segregacion de terrenos y casas de obra nueva


  • Precios alquiler pisos VPP en Madrid, Vivienda alquiler VPP en Madrid


  • inspeccion tecnica de edificios, Vender vivienda sin ITE


  • Casas y Viviendas de obra nueva y rescision de contrato señal


  • Consultas Galicia, Inmobiliarias Galicia, Noticias Galicia, Casas Galicia, Pisos Vigo


  • Venta de casa rural y subrogacion en hipoteca , Vivienda habitual, Alquiler casas
  • lunes, abril 14, 2008

    Opciones Inmobiliarias , Portal opcion inmobiliaria, Agencias inmobiliarias

    Las agencias inmobiliarias estan fuertemente afectadas por la crisis en España que vive el mercado inmobiliario por lo que ven drasticamente reducidos sus ingresos por venta de pisos, al tiempo que soportan aumentos de costes de la publicidad.

    Las agencias inmobiliarias que en su dia optaron por publicar sus ofertas inmobiliarias en los grandes portales inmobiliarios de pago , buscan ahora nuevas opciones para anunciar sus inmuebles, ya que se ha producido una drastica reduccion en el numero de clientes enviados por este tipo de portales a las agencias inmobiliarias.

    Dentro de las opciones que eligen las agencias inmobiliarias estan por un lado utilizar otro tipo de portales, como los portales que no cobran a las agencias inmobiliarias por anunciar sus inmuebles.
    Por otro lado le queda a las agencias inmobiliarias la opcion de elaborar sus propios portales inmobiliarios, si bien esta segunda opcion requiere una inversion economica inicial y un constante mantenimiento , ademas los resultados a corto plazo son escasos. Sin embargo esta opcion tiene la ventaja de que a largo plazo disponemos de un soporte publicitario efectivo y con un no muy elevado coste de mantenimiento.

    Para los que eligen la opcion de anunciar su inmobiliaria en portales inmobiliarios que no cobran a las agencias inmobiliarias, ya existen bastantes portales de este tipo que poco a poco le van " robando " contenido a los grandes portales de pago que tenian hasta ahora el monopolio como soportes publicitarios de las agencias inmobiliarias.

    Un buen ejemplo de este tipo de portales es opcioninmobiliaria.es se trata de una empresa dedicada a la promoción y difusión de agencias inmobiliarias, promotoras, constructoras, financieras y empresas relacionadas con el sector inmobiliario.

    Tiene la ventaja de que su metodología de trabajo está basada en la publicidad tanto en soporte gráfico como digital. Se trata de una empresa con más de cinco años en el mercado, que se ha convertido en un referente logrando una progresión sostenida primero en A Coruña para luego llegar a Murcia y Alicante en sus ediciones en papel.

    Parte del exito de este portal de internet se debe a que nace de la fusion entre la Revista Opción Inmobiliaria con la web www.opcioninmobiliaria.es dando como resultado un portal de gran alcance .

    A diferencia de otros portales, el portal opcioninmobiliaria.es no empieza de cero ya que su revista ya tenia una amplia difusion en su formato impreso en las provincias de La Coruña,de Murcia y Alicante , de modo que una gran parte de los lectores en formato impreso de la revista tendran la opcion de seguir leyendola a traves del nuevo formato digital, teniendo ademas un mejor y mayor contenido gracias a la fusion entre la revista y el portal.

    sábado, abril 12, 2008

    Viviendas en gananciales y casa en regimen de separacion de bienes

    Consulta : Hola, tengo varias dudas, a ver si me lo podeis resolver. En el 2007
    me fui a vivir con mi novia a una casa de vpo puesto a su nombre aunque
    la hemos pagado y estamos pagando entre los dos. En ese mismo año me
    casé con ella por lo que suponia que al no hacer ningún tipo de
    separacion de bienes, es decir en regimen de gananciales, el piso ya
    pasa a formar parte de los dos. Pero ahora me entero que no, que la
    vivienda sigue siendo suya y si le pasase algo (dios no lo quiera) ni
    siquiera pasaria a mi o en caso de divorcio ella se quedaría con la
    casa, es esto así??

    Que podria hacer para q fuera de los dos o cubrirme las espaldas sin
    perder las subvenciones¿?? Un contrato privado o algo asi? alguna
    sugerencia. Gracias.

    Respuesta : Parece que previamente compraste la vivienda y despues te casaste en regimen de gananciales, aunque fuera el mismo año. Por lo tanto, efectivamente los bienes adquiridos antes del matrimonio son bienes privativos, por lo tanto el piso es de ella a efectos legales. Efectivamente en caso de divorcio, el piso seria de ella y en caso de fallecimiento de sus legitimos herederos ( depende de si teneis hijos etc etc ).

    La solucion seria vender el 50 % de la vivienda a ti, aunque no se si reunis o no los requisitos siendo una vpo.

    Un contrato privado de compra-venta tiene efectos entre las partes, pero si no esta registrada la vivienda a nombre de los dos, no tiene efetos frente a terceros de buena fe.

    viernes, abril 11, 2008

    Alquiler casas vacaciones

    Consulta : Mi consulta es la siguiente : Voy a alquilar casa vacaciones para el verano y quisiera saber 1º ¿Que cantidad se suele dar como reserva,en % ? Y 2º ¿ Que tipo de pago debo de hacer y si tengo que exigir un contrato de reserva ? ¿Que garantias tengo por ejemplo con una transferencia bancaria,pues se trata de un particular ? Muchas gracias.Carlos.

    Respuesta :A su primera consulta, el tanto por cien de la reserva que le pueden pedir para reservar casas de vacaciones depende de muchos factores como por ejemplo la disponibilidad, la antelacion con que le hagan la reserva, la demanda que tengan, el plazo del alquiler etc etc. No es lo mismo reservar una piso por meses con una antelacion de tres meses que reservarla para 15 dias con 2 dias de antelacion.

    Logicamente, si tienen mucha demanda y usted reserva con mucha antelacion para todo el verano le pediran un % mayor, ya que si usted decide perder la reserva en el ultimo momento y entrego una cantidad pequeña el propietario de la casa de vacaciones habra perdido la ocasion de buscar otro cliente.

    A modo de ejemplo , en algunos apartamentos de alquiler por meses se suele pedir una mensualidad de reserva y en otros casos se puede llegar a pedir hasta el 100 % del alquiler por anticipado.

    En definitiva , en cada caso concreto tendra que llegar a un acuerdo con los propietarios de las casas de vacaciones.

    A la segunda consulta : En el justificante de ingreso o transferencia de la reserva debe hacer constar que la realiza en concepto de reserva de la casa de vacaciones.
    Da mas garantias hacer la reserva a traves de una empresa que directamente con el particular, pues se han dado casos de engaños de gente sin escrupulos que anuncian casas de vacaciones que no existen o de las que no son propietarios. El consejo es o bien hacer la reserva a traves de una agencia inmobiliaria , agencia de viajes , portales de turismo rural etc. Pero si lo hace con un particular directamente asegurese de que el titular de la cuenta corriente y el propietario de la casa de vacaciones son la misma persona, para ello puede pedir que le envie algun documento que justifique que es el propietario de la casa antes de hacer pago alguno.

    Si hace la reserva con una agencia inmobiliaria procure que el titular sea un agente de la propiedad inmobiliaria colegiado, que tenga un domicilio fisico ( no solo virtual ), y en definitiva que sea una empresa real debidamente legalizada.

    miércoles, abril 09, 2008

    Prensa inmobiliaria digital e impresa , revistas inmobiliarias digitales

    Hace ya tiempo que los medios de comunicacion escritos sufren las consecuencias de la crisis en España del formato impreso y eso hace necesario que se adapten a los nuevos tiempos, los grandes medios de prensa impresa y en especial los periodicos a nivel nacional hace tiempo que disponen de un medio impreso en papel y de un soporte en formato digital.

    En la actualidad,las revistas inmobiliarias siguen el ejemplo de los grades medios de prensa nacionales y fusionan el viejo formato impreso de sus revistas y el moderno formato digital , ofreciendo a sus anunciantes la opcion de llegar a mas usuarios,a los que prefieren el tradicional sistema de impresion en papel y a los que prefieren el mas moderno sistema digital.

    Una revista inmobiliaria incorpora el doble formato es la empresa Opción Inmobiliaria que continua consolidando su liderazgo como medio de difusión del sector inmobiliario y de la construcción tanto en su formato impreso como digital.

    Esta tendencia es la consecuencia del equilibrio entre calidad-precio-presencia que ha sido desde siempre la premisa a seguir con la finalidad de ser el mejor nexo entre la oferta y la demanda de propiedades.

    Asi, la Revista Opción Inmobiliaria se ha tomado la decision de fusionarse con la web del portal inmobiliario
    www.opcioninmobiliaria.es dando como resultado una revista inmobiliaria en dos formatos, impreso y digital, de gran alcance que favorece a sus anunciantes y a sus lectores, traspasando asi la frontera nacional debido a la difucion internacional que ofrece internet.

    Promocionar y promover el mercado inmobiliario utilizando ambos formatos garantiza a sus anunciantes una masiva y efectiva llegada a sus potenciales compradores lo cual amplía el abanico de posibilidades de cerrar operaciones.

    Opcion inmobiliaria podria ser un medio de prensa del sector inmobiliario apropiado para anunciantes y lectores.

    lunes, abril 07, 2008

    Plan Nacional de alquiler Garantizado, Contrato alquiler

    El Plan Nacional de Alquiler Garantizado (PNAG),intenta que los propietarios puedan alquilar pisos con garantia de aplicación en todo el territorio nacional, es un conjunto de medidas puestas en marcha por la Corte de Arbitraje para incentivar la vivienda de alquiler y para descargar de trabajo a los juzgados ordinarios. Esta nueva regulación contiene las mejoras que garantizan a propietarios e inquilinos que su contrato de alquiler se cumpla íntegramente, mediante juicios rápidos y especializados en arrendamientos, que se tramitan con sencillos modelos de escritos sin tener que personarse ni necesitar abogado y procurador.

    Para acogerse a la Corte de Arbitraje Arrendador y Arrendatario tienen que firmar una Garantía de Alquiler: se trata de un documento que es un anexo al contrato de alquiler de cualquier tipo de inmuebles (vivienda, oficinas, locales comerciales de alquiler....), sin necesidad de introducir ninguna cláusula específica. Está compuesto por dos hojas de papel idénticas autocopiativas que la primera copia se quedará el propietario y la segunda el inquilino. Tiene un coste total de 52 euros y es válido por todo el tiempo que dure el alquiler y sus prórrogas.

    La Garantía de Alquiler cubre “todo aquello que se haya estipulado en el contrato de alquiler” y en concreto:

    * Pago y actualización de las rentas.

    * Cesión o subarriendo no consentido.

    * Pago de gastos por servicios y suministros.

    * Daños producidos por el mal uso en los inmuebles o sus enseres.

    * Realización de obras no consentidas.



    Características principales:



    * Rapidez – En un promedio de tres meses se soluciona la recuperación del inmueble,( 30-45 días se dicta laudo arbitral ).

    * Efectividad - El laudo arbitral tiene valor de sentencia firme, no se puede recurrir y es de obligado cumplimiento.

    * Económica – No son necesarios ni abogado ni procurador, en caso de incumplimiento la parte condenada paga las costas del proceso.

    * Sencillez – Todos los términos y procedimientos son claros y sencillos.

    * Comodidad – Todo el procedimiento se realiza por escrito, mediante pruebas documentadas, sin necesidad de desplazarse.


    Tras la firma de la Garantía de Alquiler por parte del inquilino y del propietario no es necesario enviar ningún justificante a la Corte. Sólo cuando se produzca el incumplimiento del contrato es cuando se solicita por teléfono el sobre de reclamación, que se distribuye gratuitamente, y que contiene el escrito que hay que presentar y sus instrucciones para hacer valer sus derechos. A la llegada del sobre a los Servicios Centrales de la Corte comienza el proceso de instrucción del caso que culmina con el Laudo.

    La parte condenada se hará cargo de todos los gastos del procedimiento. Sino se pudiera cobrar porque se declarase insolvente, la Corte de Arbitraje asumiría todos los gastos. Nunca se cobrarían a la parte no condenada.

    La Garantía de Alquiler puede cumplimentarse en cualquier momento de la vida del contrato siempre que se firme por el arrendador y el arrendatario. Para ello solamente tienen que poner la fecha en que se firmó el contrato en el apartado disponible a tal efecto.

    domingo, abril 06, 2008

    Venta de piso y venta de trastero por separado

    Consulta inmobiliaria : ¿ Puedo vender el piso y un trastero por separado en el mismo edificio ? Lo pregunto por que tengo un comprador para comprar piso y otro para el trastero.

    Respuesta a su consulta : Siempre que el trastero tenga su escritura independiente de la escritura de la vivienda puede venderlos juntos o por separado.

    Lo que ocurre es que muchas veces los trasteros figuran en la propia escritura de propiedad del piso como anexos a la vivienda. En este caso para poder vender el piso y el trastero por separado tendria que hacer una segregacion de modo que cada inmueble tenga su propia scritura de propiedad.