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lunes, marzo 19, 2007

Plusvalia municipal y plusvalia en el IRPF

Nos envian una doble consulta sobre el impuesto de plusvalia a la hora de vender piso:

"Quiero vender mi vivienda habitual y comprar otra, ambos de segunda mano. Creo que tengo que pagar un 7% del valor de escritura de la vivienda que voy a comprar. Pero, además, si mi piso tiene 30 años de antigüedad, ¿tengo que pagar por la plusvalía al vender mi piso actual?
De cara al IRPF, al ser una venta y una compra de vivienda habitual, si mi vivienda la vendo por más dinero que lo que me cueste la nueva ¿tengo que pagar por incremento patrimonial o está exento por ser vivienda habitual?

Gracias."

Respuesta:

Respecto a la primera pregunta, informarle que la ley tributaria establece que el obligado al pago del conocido como impuesto de plusvalia municipal sera el vendedor, no obstante, cabe la posibilidad de pactar que el coste de dicho impuesto sea a cargo del comprador " corresponde al vendedor, salvo pacto en contrario ", aunque lo normal y la costumbre es que lo pague el vendedor.

Respecto a como calcular la cuantia del impuesto puede leerse este articulo Calculo de la plusvalia municipal en la venta de pisos.

Respecto a la plusvalia del IRPF, el caso mas frecuente es que el piso que compramos sea mas caro que el que vendemos, por eso en caso de ser vivienda habitual no debemos pagar nada por este concepto. La cuantia de la plusvalia del IRPF viene determinada por la diferencia de valor entre el precio que pagamos al comprar vivienda en su dia y el que vendemos, al que se le aplica un 18%. Como en su caso reinvierte una parte en adquirir una nueva vivienda habitual, creo ( mejor que lo confirme con un asesor fiscal )que debera tributar solo por el exceso.

Es decir, si su primera casa le costo 100.000 euros, ahora la vende por 200.000, y posteriormente compra una nueva vivienda de 150.000 euros, debera tributar solamente por los 50.000 de diferencia, estando exenta la diferencia comprendida hasta el precio de la vivienda nueva.

2 comentarios:

Unknown dijo...

Tengo un piso desde hace veinte años y quiero venderlo para invertir la casi totalidad del dinero en fondos del Estado. Debo pagar plusvalia? que impuestos tienen los fondos?

gabriele dijo...

Hace mucho tiempo que intento encontrar información inteligente
y mas concreta sobre Plus Valia en Google. Lo que se dice en esa página web Suya hace muy bien sentido.

Mis hijos y yo tenemos un estudio en un Tenerife hotel sin division horizontal.
Ya pensaba que la plus valia se calcula sobre terreno total.
Pero como se calcula por el valor tereno de IBI (base imponible) loque es solamente Euros 2700 y algo en nuestro caso, ya puedo dormir un poco mas tranquilamente. Espero que esa no división horizontal no haga diferencia. Es complicado para nosotros que no somos españoles entender esas cosas.

Gabriele