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miércoles, marzo 21, 2007

Desahucio por falta de pago en piso de alquiler

Consulta:
"He alquilado un piso a una señora ( contrato de un año de alquiler ), me ha pagado puntualmente los seis primeros meses de alquiler, pese a que nada más alquilárselo me advirtieron de que era mala pagadora y de hecho han venido a buscarla varias casas de muebles, electrodomesticos etc, por diferentes pufos.
El séptimo mes ya no me ha pagado y además debe los recibos de agua y luz ( cuyos contratos están a mi nombre, por lo que la deuda entiendo que al final es mía) , bien, expuestos los antecedentes vamos a la pregunta:
He leido que puedo rescindir el contrato de alquiler unilateralmente por impago de las rentas y que si no se va, puedo presentar una demanda de deshaucio que siempre se demora bastante en el tiempo. ¿ Si interpongo la demanda, cuando finalice el primer año de contrato, ella puede prorrogarlo unilateralmente a cinco o independientemente de como vaya el tema del deshaucio tiene que abandonar la casa ?

Serían tan amables de resolverme esta duda e indicarme una posible solución a mi problema?

Muchas gracias."

Respuesta:

Lo que debe hacer es acudir cuanto antes a un abogado y procurador que interponga una demanda de desahucio por falta de pago. Una vez interpuesta la demanda de desahucio por falta de pago, puede que la inquilina opte por pagar todas las cantidades pendientes, en cuyo caso el contrato seguiria en vigor como si nada hubiera pasado, pero si en un futuro volviera a dejar de pagar el alquiler y tuviera que interponer de nuevo ora demanda de desahucio por falta de pago, ya no tendria la posibilidad la inquilina de volver a pagar con retraso, se prodeceria al lanzamiento.

Evidentemente si la inquilina opta por no pagar las cantiades adeudadas, cosa bastante problable por los antecedentes que nos cuenta, el procedimiento de desahucio culminara con el lanzamiento de la inquilina y quedara rescindido el contrato de arrendamiento.

3 comentarios:

Vera dijo...

Hola,
soy abogado y llevo deshaucios. Lo ejor es que ponga una demanda de desahucio por falta de pago. Para evitar que ella pueda ejercitar la enervación de la acción pagando lo que debe, hay que enviarle un burofax con dos meses de antelación antes de interponer la demanda. En caso de que quiera que le redacte el burofax o interpon la demanda de desahucio puede poenrse en contacto conmigo.
Un saludo. Móvil 655193920

Anónimo dijo...

En mi caso tengo un piso alquilado habiendo pagado puntualmente mis mensuqalidades,estube en mi pais por enfermedad de mi padre durante un mes y al regresar lo dueños del piso entraron y se llevaron gran cantidad de mis pertenencias que me corroboraron por tlf como garantia para pago del mes pendiente,denunciê en juzgado de guardia,ellos quieren obligarme a desistir del contrato pues ante este hecho evidentemente no he pagado la renta,al tener las llaves y documentos del coche de la palza de garage se lo han llevado,denunciê tambiên,ha transcurrido un mes y medio desde la primera denuncia por allanamiento y hurto de mis pertenencias y aun no recibo comunicacion del juzgado que lleva mi caso para ratificaciôn de denuncia,me amenazan de muerte,le han puesto pegamento a la cerradura del piso,he alquilado un coche y han destrozado a cuchilladas las ruedas,he denunciado ante la policîa,es terrible mi situacion pues estoy sola,ellos no quieren juicio por deshaucio me imagino que no declaran a hacienda,no me niego a pagar pero hasta que no me sean devueltas mis pertenencias no lo harê,ademas solo quieren echarme a la calle sin mâs,aconsejenme por favor me siento totalmente indefenza y desprotegida ante tanta impunidad,soy inmigrante en condiciôn legal en cuanto a residencia y permiso de trabajo

Anónimo dijo...

hola quisiera saber si para hacer un juiicio de desaucio hace falta la cedula de habitavilidaad