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viernes, junio 06, 2008

Recibos impagados en Piso de alquiler, Prescripcion

Recibos impagados en alquiler pisos

Consulta: Hola, mi empresa me tiene alquilado un piso, que me descuentan en mí cuenta del banco. El problema, es que ahora, me reclaman un recibo impagado del enero del 2000, he cambiado de banco, no conservo los recibos, por lo tanto no puedo comprobar si es cierto.¿Me lo pueden reclamar después de tanto tiempo?

Respuesta : Podemos enfocar el asunto desde dos enfoques en primer lugar desde el punto de vista de la prescripcion y desde un punto de vista practico veremos si se puede recuperar ese recibo ,advirtiendo que no somos especialistas en derecho procesal, y dejando abierto el tema a opiniones mejor fundadas, deduzco de lo que he podido consultar en la ley de arrendamientos urbanos ( Lau ).

"Disposición adicional décima. Prescripción
Todos los derechos, obligaciones y acciones que resulten de los contratos de arrendamiento contemplados en la presente ley, incluidos los subsistentes a la entrada en vigor de la misma, prescribirán, cuando no exista plazo específico de prescripción previsto, de acuerdo con lo dispuesto en el régimen general contenido en el Código Civil. ".

Que yo sepa, no se determina en la ley de arrendamientos urbanos un plazo especifico para reclamar recibos impagados de rentas de pisos de alquiler, por lo que estariamos a lo que establece el codigo civil para las acciones en el Articulo 1.964 " La acción hipotecaria prescribe a los veinte años, y las personales que no tengan señalado término especial de prescripción, a los quince ".

En principio, por tanto, si que le podrian reclamar ese recibo impagado de su piso de alquiler, sin embargo, si usted esta segura de que en su dia ha pagado ese recibo renta de alquiler ( seria posible que no lo hubiera pagado por que cuando pasaron el recibo al banco no hubiese saldo ), tendria dos posibles soluciones, una solicitar en su antiguo banco los movimientos bancarios de ese mes ( aunque es posible que como cerro su cuenta no lo conserven ) o en un hipotetico procedimiento judicial solicitar como prueba del supuesto impago del recibo de la casa de alquiler que los demandantes aporten los movimientos bancarios de esa fecha, adjuntando el escrito que debe solicitar usted a su antiguo banco donde le dicen que no conservan sus movimientos.

Realmente, no sabria decirle cual puede ser el resultado final de ese hipotetico procedimiento judicial, ya que como sabe este es un blog de temas inmobiliarios y nuestros conocimientos en cuanto a plazos procesales no son muy extensos, quizas un procurador le pueda contestar a su consulta con una opinion mejor fundada.

1 comentario:

Unknown dijo...

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