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miércoles, noviembre 08, 2006

Clausulas abusivas en contratos de alquiler

Plantean multitud de consultas sobre contratos de alquiler que establecen clausulas abusivas , ya sea en relacion con la duracion, con la actualizacion de la renta, las obras a realizar etc. En este sentido la ley de arrendamientos urbanos no puede ser mas clara, estableciendo claros limites a la norma general de libertad de pacto entre las partes, asi en capitulo I de la LAU denominado " Normas generales" y mas concretamente en su articulo 6 denominado "Naturaleza de las normas" se establece que " Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice. "

Es decir que aunque firmemos contratos de alquiler de viviendas que excluyan el derecho del arrendatario por ejemplo a la prorroga forzosa, a la actualizacion de la renta o cualquiera de las normas comtempladas en este titulo de la ley de arrendamientos urbanos, dichas clausulas son consideradas como abusivas y se tendran por no puestas, siendo nulas de pleno derecho y por lo tanto no tiene el arrendatario que cumplirlas aunque expresamente las acepte en su contrato de alquiler.

20 comentarios:

Anónimo dijo...

y no solo de alquileres, Cuidado con Gestión de Vivendas en Rivas, tener mucho cuidado no os recomiendo esta inmobiliaria porque nada mas que van a hacer daño, fiaros de mi palabra, venia de Toledo a comprar y he visto que no son trigo limpio.

Unknown dijo...

Va contra las normas de este blog hacer mencion expresa de empresas en concreto, en este blog intentamos aclarar dudas y consultas inmobiliarias de tipo general, nunca referirnos a casos puntuales de empresas concretas, por lo que le solicito al usuario anonimo que hizo el anterior comentario que edite su comentario cambiando el nombre de la empresa que menciona ( Gestión de Vivendas en Rivas ) y sustituyendolo por una alusion generica tipo " cuidado con ciertas inmobiliarias de Toledo etc ".
Para alusiones descalificantes a empresas inmobiliarias existen otros foros y blogs.

No entramos a valorar aqui la actuacion concreta de determinadas empresas, por otro lado tampoco queremos censurar la libertad de opinion de nuestros usuarios por lo que solicitamos que de modo voluntario cumplan con la norma anteriormente expuesta, y en caso de no hacerlo deberan al menos identificarse de modo que la empresa criticada pueda ejercer en su caso las acciones legales que estime conveniente contra la persona que sin prueba alguna vierta falsas acusaciones ( independientemente de que en este caso concreto las acusaciones sean o no falsas ).

Deben entender nuestros usuarios que esta norma basica tiene el fin de evitar por un lado acusaciones infundadas y por otro lado que empresas inmobiliarias puedan utilizar este blog como arma arrojadiza a su competencia.

Por ultimo, comunicamos al usuario anonimo que de no hacer voluntariamente los cambios indicados, nos veremos en la obligacion de editar o suprimir nosotros mismos el comentario, rogandole que siga comentando libremente en este blog lo que estime por conveniente pero evitando incumplir esta norma basica.

Anónimo dijo...

En mi caso se me pidieron dos meses de fianza (para vivienda) y además un fiador. Creo que o pedir un mes más de fianza es abusivo o lo es el pedir un fiador, ya que estariamos hablando de 2 garantías adicionales al único mes de fianza que obliga la ley. Si se entiende que otro mes más es esa segunda garantía, ¿queda anulada o por no puesta la del fiador?

Anónimo dijo...

Estoy sufriendo MOBBING INMOBILIARIO por parte de una gran empresa dueña de muchas propiedades en las cercanías de Barcelona,me han cortado servicios, dado una paliza,entrado en mi piso cuando yo no estaba, algunos de los hechos ya están denunciados y alguno hasta juzgado con sentencia firme a mi favor, el contrato es falso y su "modus operandi" para alquilar estos pisos es como mínimo una estafa, Yo pregunto, si el contrato es FALSO, y decidiera no irme al vencimiento del mismo, que derecho les cabe a desalojarme ?? Jamás hicieron un juicio de Desahucio a ningún inquilino porque saben que actúan ilegalmente, en el contrato, el lugar de poner vivienda, ponen TRABAJO como destino del piso (también está denunciado) porque otras actividades que se desarrolaban acá al momento del alquiler y sobre las cuales no estábamos enterados no son compatibles con el alquiler de viviendas. Si permanezco en la vivienda se me considera okupa? me pueden echar de aqui ? agradeceré respuestas por favor. gracias

Anónimo dijo...

creo que he firmado una clausula que se contrapone a lo que dicta la ley de arrendamiento urbano, capitulo IV, articulos 21, 22 y 23.
el caso es que al alquilar este piso hace algo mas de 2 años se me dijo que debia acetar una clausula especial, sin cuya aceptacion el contrato no se celebraría.
en esta clausula dice : CONDICIONES ANEXASAL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA NUM. XXXXXXX DE CLASE 2ª CORRESPONDIENTE AL PISO XXXXX DE LA CALLE XXXXX, BARCELONA, FIRMADO EL DIA XXXXX. El arrendatario declara reconocer y aceptar el estado actual de la vivienda arrendada, incluyendo sus instalaciones, siendo de u cargo y cuenta la conservación y/o reparacion que precise el piso arrendado asi como sus instalaciones."

El problema comienza cuando hace poco note, tras varios cortocircuitos y pequeños focos de incendio, que no puedo utilizar casi la mitad de la instalacion electrica del piso por lo obsoleta que resulta, ya que consta (como a principios del S. XX se estilaba) de simples alambres envueltos de una especie de cinta aislante negra. Algo similar ocurre con el calentador de gas, que hube de hacer reparar, aunque el tecnico dijo (por escrito) que no funcionaria asi reparado por mucho tiempo mas y que resultaba peligroso.
Los propietarios se niegan a cubrir tales reparaciones escudandose en esta clausula especial que, a mi entender, vulnera los requisitos minimos de seguridad que el arrendador debe ofrecer al arrendatario, como son instalaciones de gas y electricidad en condiciones óptimas.
Si me equivoco en mis apreciaciones, más hijas del sentido común que del conocimiento legal, pues ruego al Cielo que no se me caiga el techo o una pared, pues por aceptacion de esta clausula especial, tales reparaciones tambien correrian a mi cargo.
Gracias

Anónimo dijo...

creo que es perfectamente aplicable lo que se dice en el articulo de inicio " Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice. "
El problema a veces, no es tener o no tener derecho a una determinada cosa, sino ejercer tal derecho, y si el obligado se niega hay que recurrir a la via judicial.

Anónimo dijo...

¿Clausulas abusivas o acuerdos particulares? En mi caso, el contrato está lleno de clausulas abusivas, a mi entender por lo menos. Dice por ejemplo que todas las reparaciones tanto por negligencia como por uso normal seran a cargo del arrendatario, y que en caso de rescindir el contrato hay que pagar la totalidad de la renta... Pero son abusivas o son excepciones a la regla general? Esa es mi duda...

Unknown dijo...

creo que esto que dice la laey de arrendamientos urbanos en su preambulo deja bastante clara la respuesta.
"Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice"

Anónimo dijo...

Hola,buenas tardes,desearía saber si es legal que una
inmobiliaria haga contratos de alquiler por 11
meses aunque nosotros quisiéramos por mas tiempo,he leído que se
considera una cláusula abusiva por ser un contrato de temporada, pero aún no estoy muy segura.
Por un problema de entrega de un piso en alquiler con una inmobiliaria
decidimos reclamar el dinero entregado como señal,que al firmar el contrato se quedaría la inmobiliaria en concepto
de honorarios, no llegamos a firmar el contrato sino un precontrato,
pero ahora no quieren devolvernos el dinero alegando que se lo quedan
en concepto de honorarios por parte de la arrendataria y que es a ella
a quien debemos reclamárselo, no me parece muy lógico que se utilice
el dinero entregado por un cliente para cubrir los gastos de otro.He puesto ya una hoja de reclamación en la administración, pero
han pasado ya casi 5 meses y no tenemos respuesta. Agradecería cualquier información si es posible, sobre que mas
puedo hacer para reclamar mi dinero y denunciar estas practicas
abusivas.

Unknown dijo...

Perdona Elora pero no entiendo muy bien la consulta. ¿ es usted propietaria del piso en alquiler? ¿y no le quieren devolver su dinero cuando el que incumple es la arrendataria?.

Si he entendido bien, no pueden quedarse con un dinero de una de las partes por incumplimiento de la otra sin mas, deberan ser elllos los que le reclamen sus honorarios a la parte que incumple.

nando dijo...

hola tengo unos amigos que alquilaron una vivienda en cadiz, es un contrato de un año pero han encontrado trabajo en granada y se mudan
ahora la dueña del piso les reclama 700 € por abandonarlo anes del año, ellos avisaron con unmes de antelacion e incluso le buscaron una nueva inquilina.Los 700 euros son el importe de dos meses de alquiler, ¿es legal ? estan obligados a pagar ?
muchas gracias

Anónimo dijo...

Tengo una pregunta, mi hermana está a punto de alquilar un piso y la propietaria le pide 6 meses de depósito, además de exigirle que si se va antes de los cinco años debe pagar un mes de penalización por cada año que no esté en el piso.
Además le exigen que pague ella el IBI, cuando eso le corresponde al titular del inmueble, tengo entendido.
Es esto legal? Hay algún sitio donde se pueda reclamar?
Gracias

jessica dijo...

hola voy alquilar un piso en cadiz,me piden 500€ aparte la luz,agua...esos gastos me parece bien que no entre en la cuota mensual del alquiler,ya que son gastos propios,pero si me piden que pague comunidad ¿tengo que pagar comunidad?¿hay alguna ley que dicte que dependiendo del precio del alquiler la comunidad va incluida en la cuota mensual?gracias por todo

Anónimo dijo...

En general para todos los que hacen consultas : La indennizacion por cancelar el contrato anticipadamente es de 1 mes por cada año de incumplimiento.

Rescpeco al precio del alquiler, gastos de comunidad, ibi etc,puede pactarse libremente en el contrato de alquiler. Tienen la alternativa de firmar o no el contrato, pero la lau no pone limites en estos temas en el caso de las viviendas libres. Para las vpo, si hay precios tasados maximos.

Anónimo dijo...

he alquilado un piso hace tres meses yel mobiliario de cocina ya lo vi que estaba podrido y quedamos en que yo la inquilina,lo arreglaria.pero ese no es el problema...sino cuando empieza a llover fuerte saltan los plomos ya que la instalacion es vieja y nos quedamos sin luz.Han venido los electricistas y han intentado reparar algo pero me comentan que la instalacion es muy vieja y hay peligro de cortocircuito por otro lado la fontaneria he tenido que cambiarla toda y le pasa lo mismo que a la electricidad todo esto ha corrido de mi cargo ya que la dueña no quiere saber nada.por lo que he decidido volver a mudarme con lo que implica un cambio de casa y sus gastos y la incomodidad para mi y mi hijo..quisiera saber que medidas legales puedo tomar.gracias

Gloria dijo...

Buenas tardes,
me gustaría saber si es legal que en un contrato de alquiler de vivienda aparezca la siguiente clausula, o si sería conveniente matizarla, ya que me da miedo eso de "cuando lo estime conveniente". Gracias

"El arrendador, por medio de quien autorice para ello previa identificación a la parte arrendataria, podrá inspeccionar la superficie arrendada cuando lo estime conveniente, comprometiéndose la parte arrendataria a otorgar para ello todas las facilidades necesarias."

Anónimo dijo...

BUENAS, TENGO SERIAS DUDAS EN SI HE FIRMADO UN CONTRATO LEGAL.

1) EL ALQUILER VENIA CON PLAZA DE PARKING,EN EL CONTRATO PONE QUE LA ENTREGA DEL PARKING NO SERÁ INMEDIATA,ESTOY ESPERANDOLA 2 MESES, MI PREGUNTA ES: ¿TENGO QUE PAGAR POR LA PLAZA DE PARKING QUE NO TENGO?

2) EN EL CONTRATO SE SUPONE QUE TENGO QUE CONTRATAR EL AGUA, PERO NO TENGO CONTADOR Y COMO NO SOY EL DUEÑO NO PUEDO CONTRATARLO, ESTOY CON AGUA DE OBRA ¿ES LEGAL QUE PUEDAN ALQUILAR EL PISO EN ESTAS CIRCUSTANCIAS?

SALUDOS Y MUCHAS GRACIAS

Anónimo dijo...

Hola, mi nombre es Arantxa, tengo un problema con mi casera. Llevamos cas 5 años alquilados en un piso de Protección oficial con Regimen de alquiler. Ella nos hizo firmar el contrato si aceptabamos pagar el IBI todos los años. ¿Es esto una clausula abusiva? ¿Puedo denunciarlo? Nos dijo de palabra que nos podíamos ir cuando quisieramos y ahora que faltan 7 meses para terminar el contrato nos queremos mudar pues estoy embarazada y no podré hacer mudanza para las fecha que firmamos. Ella me dice que nos penaliza con un mes de alquiler, + el IBI que tenemos que pagar el mes que viene, + Dejar toda la casa pintada de blanco (firmado en contrato).. ¿Que puedo hacer? Gracias

Anónimo dijo...

Yo tengo un problema en el que las clausulas no son abusivas pero el arrendador sí. Resulta que siempre hemos abonado nosotros el importe íntegro de la cuota de la comunidad de propietarios. Ahora se quiere realizar una obra en la comunidad y el propietario dice que "según el contrato" nos corresponde a nosotros el importe íntegro, pero es que el contrato, referente a la comunidad, dice esto:
El arrendatario viene obligado al pago del 8% anual del importe de las obras de reparación y conservación que realice la propiedad en la finca o en el local arrendado y de las cuotas de contribuciones especiales de mejora que se impongan en el inmueble.

Yo entiendo con esto que sólo nos toca pagar el 8% ¿no?

Anónimo dijo...

Buenos dias, me gustaria saber si se puede considerar clausula abusiva o clausula nula de pleno derecho el que nuestro propietario nos haya echo firmar los gastos extraordinarios? todo ello viene porque ahora han echo una derrama de instalacion nueva de ascensor y remodelacion del portal que asciende a 4800€ por vecino y nos lo exige aunque dicha derrama se aprovo 15 dias despues de firmar el contrato se propuso un año antes de nuestra entrada y el ha solicitado una subencion que le han aprovado pero dice que la tenemos que pagar, ahora vamos a rescindir el contrato, puede obligarnos a pagar? muchisimas gracias