CONSULTA: Estimados señores, quisiera consultarles,
Actualmente vivimos mi pareja, su hijo (con custodia compartida) y yo en un piso de alquiler pero sin contrato desde hace 2 años. Estamos empadronados y los pagos se han realizado en mano y sin justificante, únicamente tenemos los 5 últimos pagos que se realizaron en el banco, pero que no figura nuestros nombres.
El asunto es que el piso se lo embarga el banco al propietario en 10 días, y mi consulta es si nos pueden echar, en qué situación nos encotramos y qué nos aconsejan hacer.
Quedándoles agradecido de antemano, reciban un cordial saludo,
Luis Morilla.
RESPUESTA: El contrato de alquiler puede ser verbal, sin embargo la cosa se complica si no puede demostrar que efectivamente son arrendatarios mediante los correspondientes recibos del pago del alquiler.
Por otro lado es muy tipico que se simule un supuesto alquiler de vivienda cuando los bancos van a embargar los pisos y salvo pruba en contrario se suele interpretar que el ocupante no es arrendatario sino precario.
Intenten reunir pruebas del arrendamiento como por ejemplo el padron, recibos de luz, agua, gas, u otros servicios a su nombre. Si ademas consigue que el propietario le de los justificantes de pago podrian tener defensa.
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