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lunes, noviembre 29, 2010

Extincion y renovacion del contrato de arrendamiento

Esta consulta inmobiliaria es sobre la renovacion de un contrato de arrendamiento, sin embargo no me queda claro si se trata de una simple renovacion o si se trata de un nuevo contrato de alquiler que sucede a uno ya extinguido.

CONSULTA : el proximo 1 de enero debo renovar mi contrato de arrendamiento del piso y la inmobiliaria me informa que para ello debo ABONAR LA DIFERENCIA de la
fianza legal que en su dia deposite y me solicitan 108eur. mas el
importe de la renovacion del contrato 180 eur. mas iva 32,40 eur.
total 320,40 eur. Debo acceder a estas peticiones? Espero sus
comentarios al respecto y les doy las gracias anticipadas
Saluods cordiales-Ricardo Garrido

RESPUESTA: En primer lugar creo deducir que el contrato de arrendamiento sobre su casa en alquiler se extinguio por el transcurso del plazo pactado mas las prrrogas legales correspondientes establecidas en la ley de arrendamientos urbanos, 5 años normalmente.

Si estamos en este caso, no se trataria de una renovacion de contrato de arrendamiento en sentido estricto, sino que habria un contrato previo que se extingue y un nuevo contrato que se crea. Si es asi, la inmobiliaria o el propietario particular esta en su perfecto derecho de cobrar esas cantidades e incluso de subir la renta del piso en alquiler .

Sin embargo, si el contrato se hizo por un año, teniendo en cuenta las prorrogas forzosas establecidas por la ley de arrendamientos urbanos, no se trataria de una extincion del antiguo contrato, sino de una renovacion del mismo.

En este ultimo caso, no es necesario hacer un nuevo contrato, se renueva automaticamente por años hasta cumplir el maximo de 5 años, por lo tanto solo procederia a la agencia inmobiliaria o al propietario particular solicitar la actualizacion de la fianza si el precio de la vivienda en alquiler se hubiera ido incrementando a lo largo de la duracion del contrato.

1 comentario:

ricard/richi dijo...

se trata de la renovacion de un primer contrato efectuado por 5 años que expira el proximo dia 19/01/2011 y que tambien sera de 5 años mas.
Saludos cordiales-R.Garrido