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viernes, febrero 12, 2010

Alquilar o vender una vivienda heredada

CONSULTA SOBRE HERENCIA Y VENTA O ALQUILER DE CASAS :

Hola a tod@s:

Mi hermano y yo hemos heredado un piso hace 3 años al fallecer nuestra madre, el cual es mi residencia habitual y aunque se han costeado en su momento el impuesto de sucesiones y otros, no hemos podido formalizar todavía la adjudicación de dicha herencia por carecer ambos de los recursos económicos necesarios para ello por razones de desempleo de larga duración, con lo que la vivienda sigue a nombre de nuestros padres. Ahora tenemos opciones de alquilar, vender o alquilar con opción a compra dicha vivienda, la cual, tiene escrituralmente una antiguedad de 28 años, se encuentra en Asturias, es VPO, queda liberada de tal protección dentro de 2 años y conocemos precio obligatorio de venta o alquiler por el Principado de Asturias.
Nuestra consulta es si podemos formalizar cualquiera de las opciones posibles sin incurrir en ilegalidad alguna o por el contrario precisamos de llevar a cabo dicha adjudicación de herencia.

RESPUESTA A CONSULTA SOBRE VENTA O ALQUILER PISOS HEREDADOS :

Vamos por partes, en primer lugar decirle que si ya ha pagado el impuesto de sucesiones ya tiene pagado el mayor coste de legalizar definitivamente el asunto, ya solo tendria que pagar los gastos de notaria y registro que no son muy elevados.

Aunque ya son propietarios de la casa, de cara a terceros los propietarios siguen siendo sus padres, ya que en el registro figuran como titulares de la vivienda sus padres, de modo que antes de poder venderla tendran que ser los titulares del piso que pretenden vender. Lo que si pueden hacer es ir poniendo a la venta la casa mientras hacen los oportunos tramites legales ya que los plazos de venta en estos momentos de crisis inmobiliaria son largos.

Si no tienen dinero para hacerlo, otra opcion seria que una vez que tengan un comprador interesado le expliquen claramente la situacion legal en la que esta la vivienda y su falta de dinero para realizar los tramites, le soliciten una cantidad en concepto de arras y condicionen el plazo de escrituracion a la finalizacion de las gestiones ( mejor que le haga el contrato un profesional ), con el dinero de las arras pueden costear los pagos al notario y registro de la propiedad.

En cuanto al alquiler, la verdad es que no estoy muy seguro de si legalmente es posible o no alquilarlo, creo que si en la practica, ya que normalmente ningun inquilino va a acudir al registro de la propiedad a comprobar quien es el titular, les bastara con ver que tienen la posesion del inmueble y que se lo entregan, aunque sinceramente no se si legalmente es correcto.

Le sugiero que ya que el piso es de Vpo le planteen la posibilidad de alquilarlo en la situacion legal que se encuentra a la comunidad autonoma que regula la proteccion de su vivienda, seguramente ellos le puedan asesorar mejor que yo en este punto.

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