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sábado, diciembre 23, 2006

Arras o señal y justificacion de ingresos a los notarios

La nueva regulacion notarial obliga a los notarios, desde el 19-nov-06 ( creo que es la fecha exacta) a la hora de comprar piso a comprobar los pagos hechos con anterioridad a la escritura publica, de modo que deberemos acudir a la notaria a escriturar bien con el contrato de arras o señal que firmamos anteriormente, bien con los justificantes de ingresos de las cantidades anticipadas.

A partir de febrero, tambien sera obligatorio que los notarios nos soliciten aportar los movimientos bancarios que justifiquen los mencionados anticipos, osea que en caso de que nos entregen una cantidad en metalico deberemos ingresarla en el banco.

Estas nuevas medidas impuestas a los notarios pretenden dificultar el movimiento de dinero negro en la compra-venta de bienes inmuebles, si bien en opinion de la mayoria de los notarios no seran eficaces estas medidas y supondran, sobre todo al inicio de su aplicacion, un gran colapso en las notarias.

Efectivamente, coincidimos en la opinion de que el hecho de aportar justificantes de ingresos de cantidades anticipadas no evitara la entrega de dinero negro, simplemente conseguira que los que venden un bien inmueble aporten mas documentos a la hora de firmar la escritura publica, con el inconveniente, sobre todo en los primeros tiempos de aplicacion de esta normativa, de que muchos que desconocen esta norma no puedan escriturar el dia que tenian establecido por no saber que tenian que traer dichos justificantes de ingresos.

¿ Pensais que esta nueva normativa evitara el movimiento de dinero negro?

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Para nada, menudas mentes pensantes. Naturalmente, vendedor y comprador se pondrán de acuerdo, pondrán en las arras que se recibe 50 y dar 1000. Normalmente el dinero negro no se estipula en las arras, se da el día en que se escritura, en metálico.

Anónimo dijo...

Es una broma de mal gusto, parece que lo unico que pretenden es complicar aun mas comprar o vender una vivienda por que desde luego los que mueven el dinero negro saben perfectamente como burlar tan ridiculas "medidas de seguridad", lo malo sera para el ciudadano de a pie que no conozca esa normativa y se encuentre el problema justo el ultimo dia cuando vaya a la notaria y por encima los notarios estaran colapsados de trabajo y no tendran muchas ganas de ayudar a los que se presenten alli sin esos ridiculos justificantes que no justifican nada. Supongo que lo hacen para recaudar mas a costa no de quien tiene dinero negro sino de quien tiene que hacer piruetas de ultima hora para justificar que hace 3 meses le entregaron 1000 euros de señal en efectivo y no sabia que habia que ingresarlo !!! SE HAN LUCIDO!!!

Anónimo dijo...

Mas que un comentario es una consulta sobre una dudas q tengo y que nadie a sabido explicarme.Vivo en un bloque en el q somos tres inquilinos la antiguedad de mi renta llega casi alos veitiseis años y he oido q la propietaria va vender todo el bloque y mis preguntas son si nosotros tenemos algun derecho el dia que nos diga que ya vendio el inmueble y q tenemos que irnos...si antes de q lo venda tiene q informarnos primero a nosotros por si algun inquilino quiere comprarlo.Si alguien entiende de este tema por fabor si me lo puede explicar todo bien para saber lo qtenemos q hacer mi direccion de correo es ordfety@hotmail.comgracias

Unknown dijo...

Por la fecha de vuestro alquiler, 26 años, se trata de un alquiler de renta antigua, sometido a la ley de arrendamientos urbanos de 1964. El nuevo propietario que compre, compra con inquilinos y se subroga en todos los derechos y obligaciones.

La respuesta es que no te pueden echar sin mas, seguramente los nuevos propietarios intentaran negociar contigo, bien proponiendote una cantidad de dinero a cambio de que renuncies a tu contrato de alquiler, bien ofreciendote otra casa etc.

Anónimo dijo...

Hola amigos:
Quiero, si es posible, que me aclareis una duda porque no tengo ni idea sobre este tema.
Mi pareja y yo estubimos buscando piso hasta hace una semana, que encontramos el que queríamos.
El precio de la vivienda, con los gastos de la inmobiliaria, asciende a 141000 euros. Hablé con los dueños del inmueble, y acordamos amistosamente, una señal de 2000 euros. La inmobiliaria nos redactó un papel por duplicado, conforme el vendedor no puede vender a otros el piso y nosotros tenemos la obligación de comprarlo si nuestro banco nos concede la hipoteca pedida, por el valor del inmueble y algo más(total 150000 euros).
Hoy me llamó el vendedor y me preguntó si conocía el dinero en "b", a lo que yo respondí que no. Su explicación no me quedó clara.
¿Podríais explicarme en qué consiste? y si ¿los trámites que estamos desarrollando son legales?
Gracias.

Unknown dijo...

Se le llama dinero b o dinero negro en la venta de un inmueble a declarar como precio de venta en escritura un precio menor del real, la diferencia entre el precio real y el precio que consta en la escritura seria el dinero b.

A tu pregunta de si es legal, te dire que no, que existe la obligacion de escriturar en el precio real de venta.
Lo que ocurre es que eso se hace para ahorrar impuestos, y es cierto que mucha gente lo hace, lo que no quiere decir que sea legal ya que lo que realmente se esta haciendo es defraudar a hacienda.

Anónimo dijo...

Hecha la Ley hecha la trampa, nunca olvidemos que las notarias viven de las transacciones inmobiliarias en un 90% y no cumplirán las nuevas normas lo justo.
El tema de la señal y demás no se aplica en las notarias todavía , porqué? porque aun no existe manera de determinar si un notario lo está haciendo o no...y además no se enteran de que cada vez hay menos señales o arras?

Eva dijo...

Hola, querría hacer una consulta: ¿se puede recuperar una paga y señal hecha a una inmobiliaria si finalmente no me quedo con la casa?
Muchas gracias

mayka dijo...

por favor q alguien me oriente, en el año 1978 compramos un piso a un familar por 550.000 ptas. hicimos un contrato de compra-venta en un gestor ,pagando en ese momento una cantidad como entrada y despues cada mes recibos de 10 mil ptas. pero la cosa es q nunca hicimos la escritura ante notario, ahora queremos vender ese piso y mi pregunta es : puese ese familar hacer la escritura con el nuevo propietario? q inconvenientes hay?

Unknown dijo...

Estimada Maika:

Podria haber problemas sobre todo de tipo fiscal.

Habria dos posibles soluciones :

1 ) Que ese familiar escriture a vuestro nombre y vosotros le vendais a el nuevo comprador.

2 ) que le venda ( con vuestro consentimiento ) ese familiar el piso al nuevo comprador y luego os haga a vosotros una donacion del dinero.

En el primer caso tendriais que pagar los gastos de la primera transmision ( de vuestro familiar a vosotros ).

Y en el segundo caso tributariais por el impuesto de sucesiones.

yaizamar75 dijo...

Hola,alguien que me oriente,mi madre ha hecho reparticiones de bienes a los tres hijos.Bueno el problema es que yo avale a mi hermano con mi casa,esta hipotecada.el ya ha devuelto el dinero al banco pero lo que falta es que firme el y su mujer la cancelacion de la hipoteca,ellos han cortado toda relacion conmigo y estoy desesperada por terminar con ese problema,a ver si alguien me puede decir si con la ley,en los juzgados puedo de esa manera conseguir que cancelen con la firma.Muchas gracias.